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Legislación › Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Artículo 43. Denominaciones de calidad diferenciada reconocidas a nivel nacional o privado.

Artículo 43. Denominaciones de calidad diferenciada reconocidas a nivel nacional o privado.

(Sin contenido)

Se deja sin contenido por la disposición final 1.7 del Real Decreto 41/2021, de 26 de enero. BOE-A-2021-1131

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-1131 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 Texto original Leer

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