Legislación › Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
Artículo 43. Denominaciones de calidad diferenciada reconocidas a nivel nacional o privado.
Artículo 43. Denominaciones de calidad diferenciada reconocidas a nivel nacional o privado.
(Sin contenido)
Se deja sin contenido por la disposición final 1.7 del Real Decreto 41/2021, de 26 de enero. BOE-A-2021-1131
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-1131 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | Texto original | Leer |


