Legislación › Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
ANEXO IX
ANEXO IX
Factores de ponderación a que se refiere el apartado 6 del artículo 24
|
Tipo de superficie de interés ecológico |
Factor de ponderación |
Superficie de interés ecológico |
|
Tierras en barbecho (por m2) |
1 |
1 m2 |
|
Superficies con cultivos fijadores de nitrógeno (por m2) |
1 |
1 m2 |
|
Superfices forestadas contempladas en el artículo 24.2.c) (por m2) |
1 |
1 m2 |
|
Superfices dedicadas a agrosilvicultura contempladas en el artículo 24.2.d) (por m2) |
1 |
1 m2 |
|
Superficies con Miscanthus (por m2). |
0,7 |
0,7 m2 |
|
Superficies con Silphium perfoliatum (por m2) |
0,7 |
0,7 m2 |
|
Tierras en barbecho para plantas melíferas (especies ricas en polen y néctar) (por m2) |
1,5 |
1,5 m2 |
Se sustituye por el art. único.6 del Real Decreto 27/2018, de 26 de enero. BOE-A-2018-1096
Esta modificación es aplicable desde el 1 de enero de 2018, según establece la disposición transitoria única del citado real decreto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-1096 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | Texto original | Leer |


