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Legislación › Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

ANEXO XI

ANEXO XI

Leguminosas y denominaciones de calidad acogidas a la ayuda asociada a las legumbres de calidad contemplada en la sección 5.ª del capítulo I del título IV

Parte I. Leguminosas elegibles

Garbanzo: Cicer arietinum L.

Lenteja: Lens sculenta Moench, Lens culinaris Moench.

Judía: Phaseolus vulgaris L., Phaseolus lunatus L., Phaseolus coccineus L.

Parte II. Denominaciones de calidad y Agricultura Ecológica

1. Denominaciones de Origen Protegidas e Indicaciones Geográficas Protegidas:

DOP Fesols de Santa Pau.

DOP Mongeta del Ganxet.

IGP Alubia de La Bañeza-León.

IGP Faba Asturiana.

IGP Faba de Lourenzá.

IGP Garbanzo de Escacena.

IGP Garbanzo de Fuentesaúco.

IGP Judías de El Barco de Ávila.

IGP Lenteja de La Armuña.

IGP Lenteja de Tierra de Campos.

2. Producción ecológica.

Se modifica la parte II, por la disposición final 1.23 del Real Decreto 41/2021, de 26 de enero. BOE-A-2021-1131

Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2018, por el art. 1.25 del Real Decreto 980/2017, de 10 de noviembre. BOE-A-2017-12981

Se modifica por el art. 1.46 del Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-14282.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-1131 Leer Qué cambió
1 de enero de 2018 BOE-A-2017-12981 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2015-14282 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 Texto original Leer

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