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Legislación › Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

ANEXO XI

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2015 y la del 1 de enero de 2016. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO XI
Leguminosas y denominaciones de calidad acogidas a la ayuda asociada a las legumbres de calidad contemplada en la sección 5.ª del capítulo I del título IV
Parte I. Leguminosas elegibles.
Garbanzo: Cicer arietinum.
Lenteja: Lens sculenta, Lens culinaris.
Judía: Phaseolus vulgaris, Phaseolus lunatus, Phaseolus coccineus.
Parte II. Denominaciones de calidad: Agricultura Ecológica.
Denominaciones de Origen Protegidas e Indicaciones Geográficas Protegidas:
DOP Judía del Ganxet.
IGP Alubia de La Bañeza-León.
IGP Faba Asturiana.
IGP Faba de Lourenzá.
IGP Garbanzo de Fuentesaúco.
IGP Judías de El Barco de Ávila.
IGP Lenteja de La Armuña.
IGP Lenteja Pardina de Tierra de Campos.
IGP Garbanzo de Escacena.
DOP Fesols de Santa Pau.
Otras denominaciones de calidad:
Alubia de Guernika.
Alubia de Tolosa.
Alubia Pinta Alavesa.
Garbanzo de Pedrosillo.
Judión de la Granja.
Alubia de Anguiano.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-1131 Leer Qué cambió
1 de enero de 2018 BOE-A-2017-12981 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2015-14282 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 Texto original Leer

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