Legislación › Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.
Disposición adicional séptima. Delegaciones de competencias de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
Disposición adicional séptima. Delegaciones de competencias de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
Las delegaciones de competencias efectuadas a favor de los órganos operativos de la Agencia seguirán siendo validas hasta que sean expresamente revocadas y podrán seguir haciendo uso de ellas los órganos competentes por razón de la materia que los sustituyan. Asimismo, las delegaciones efectuadas a favor de la División de Administración se entenderán vigentes en favor de la Subdirección General de Administración.
Se añade por el art. 16.2 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. BOE-A-2026-12711
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