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Legislación › Ley 16/2014, de 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea.

Artículo 14. Instrumentos de los ámbitos sectoriales.

Artículo 14. Instrumentos de los ámbitos sectoriales.

La actuación de los departamentos del Gobierno en los ámbitos sectoriales de la acción exterior y de las relaciones con la Unión Europea se lleva a cabo mediante los siguientes instrumentos y mecanismos:

a) Programas de financiación.

b) Asistencia técnica, asesoramiento e intercambio de información y de buenas prácticas.

c) Acuerdos de colaboración.

d) Participación en organizaciones internacionales y en redes de cooperación europeas e internacionales.

e) Conferencias, foros y seminarios.

f) Consultas técnicas, estudios, encuestas y publicaciones.

g) Programas formativos y de capacitación profesional.

h) Cualquier otra actuación relacionada con el despliegue de las competencias estatutarias de la Generalidad en esta materia.

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