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Legislación › Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.

Artículo 51. Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.

Artículo 51. Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.2 de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, durante el ejercicio presupuestario de 2015 los recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria no superarán el importe de 22.000.000 miles de euros.

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