Legislación › Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.
Disposición adicional vigésima tercera. Modificaciones de las plantillas de personal estatutario de los Centros y Servicios sanitarios de organismos dependientes de la Administración General del Estado.
Disposición adicional vigésima tercera. Modificaciones de las plantillas de personal estatutario de los Centros y Servicios sanitarios de organismos dependientes de la Administración General del Estado.
Las modificaciones de las plantillas de personal estatutario de los Centros y Servicios Sanitarios de organismos dependientes de la Administración General del Estado, que supongan incrementos netos del número de plazas o del coste de las mismas, o la transformación de plazas de personal sanitario en plazas de personal de gestión y servicios o viceversa, serán aprobadas previo informe favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
← Disposición adicional vigésima segunda Índice Disposición adicional vigésima cuarta →


