Legislación › Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.
Disposición adicional decimoctava. Liquidaciones de los recursos del sistema de financiación de Comunidades Autónomas.
Disposición adicional decimoctava. Liquidaciones de los recursos del sistema de financiación de Comunidades Autónomas.
El importe de las liquidaciones positivas de los recursos del sistema de financiación que se practiquen en el año 2016 o siguientes, se destinarán en cada ejercicio por las Comunidades Autónomas, en su caso, a amortizar la parte del saldo vivo del préstamo obtenido con cargo al compartimento Fondo de Liquidez Autonómico o del Compartimento Facilidad Financiera, del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas, que se hubiese destinado a satisfacer las liquidaciones negativas del año 2013 o siguientes de dicha Comunidad Autónoma.
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