LexTotal

Legislación › Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Disposición adicional segunda. Modificaciones presupuestarias.

Disposición adicional segunda. Modificaciones presupuestarias.

Por la Consejería de Hacienda, así como por las demás Consejerías afectadas, se realizarán las modificaciones presupuestarias y orgánicas, transferencias y habilitaciones de créditos que sean precisas para el cumplimiento de lo previsto en esta ley.

← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →