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Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En vigor Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 10 de febrero de 2014 · Último cambio el 15 de abril de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Artículo 2. Asistencia jurídica a la Administración de la Junta de Comunidades, sus organismos autónomos y entidades del Sector Público Regional.
- Artículo 3. Representación, defensa y asesoramiento de las entidades del Sector Público Regional y Local y de las Corporaciones Locales. 2 redacciones · cambió el 15/04/2025
- Artículo 4. Defensa de autoridades y empleados públicos. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
- Artículo 5. La Dirección de los Servicios Jurídicos.
- Artículo 6. Las unidades de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Artículo 6 bis. Asesoramiento jurídico de las Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
- Artículo 7. Organización.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Ejercicio de la función Contenciosa.
- Artículo 9. Ejercicio de acciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Informes del Gabinete Jurídico. 4 redacciones · cambió el 30/06/2021
- Artículo 11. Asesoramiento en derecho a las Consejerías.
- Artículo 12. Elevar consulta.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 13. Los letrados del Gabinete Jurídico. Selección.
- Artículo 14. Designación de las Jefaturas de las asesorías jurídicas de las Consejerías y organismos autónomos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 15. Instrucciones y autorizaciones.
- Artículo 16. Colaboración interorgánica.
- Artículo 17. Contraposición de intereses.
- Disposición adicional primera. Remisión legislativa. 2 redacciones · cambió el 23/02/2015
- Disposición adicional segunda. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición adicional tercera. Representación y defensa de otros órganos autonómicos.
- Disposición adicional cuarta. Modificaciones orgánicas.
- Disposición adicional quinta. Habilitaciones extraordinarias.
- Disposición transitoria primera. Caducidad de las habilitaciones.
- Disposición transitoria segunda. Referencia normativa.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


