Legislación › Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Disposición adicional novena. Régimen de dedicación de los puestos singularizados del Servicio Aragonés de Salud.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de febrero de 2016 y la del 12 de julio de 2024.
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Disposición adicional novena. Régimen de dedicación de los puestos singularizados del Servicio Aragonés de Salud.
(Derogada). El desempeño de los puestos singularizados del Servicio Aragonés de Salud a los que se atribuye la responsabilidad del funcionamiento de una unidad no requerirá obligatoriamente el régimen de dedicación exclusiva, sin perjuicio del necesario cumplimiento de la normativa vigente en materia de incompatibilidades y los efectos retributivos que correspondan.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de julio de 2024 En vigor | BOE-A-2024-15350 | Leer | Qué cambió |
| 4 de febrero de 2016 | BOE-A-2016-2408 | Leer | Qué cambió |
| 26 de enero de 2014 | Texto original | Leer |
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