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Legislación › Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico.

Artículo 27. Participación de las asociaciones y fundaciones en contratos del sector público.

Artículo 27. Participación de las asociaciones y fundaciones en contratos del sector público.

A efectos de lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público se entenderá que las asociaciones y fundaciones podrán ser adjudicatarias de aquellos contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines y actividades previstos en sus estatutos o reglas fundacionales, por constituir un medio para su realización, aunque no estén previstas expresamente en ellos.

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