Legislación › Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 20. Conflictos de intereses y declaraciones.
Artículo 20. Conflictos de intereses y declaraciones.
1. Al personal eventual que desempeña funciones públicas vinculadas a la toma de decisiones en la acción de gobierno, les será de aplicación las normas sobre conflictos de intereses, así como el régimen de responsabilidades previstos en esta Ley.
2. Este personal eventual, estará obligado a formular las declaraciones de actividades, bienes, derechos, intereses y rentas previstas en esta Ley.


