Legislación › Ley
Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 6 de marzo de 2014 · Último cambio el 28 de julio de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objetivo y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 4. Principios rectores.
- Artículo 5. Principios éticos y de actuación.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 6. Regulación.
- Artículo 7. Derechos y deberes del presidente.
- Artículo 8. Incompatibilidades del cargo y declaraciones de actividades, bienes, derechos, intereses y rentas. 2 redacciones · cambió el 21/10/2019
- Artículo 9. Responsabilidad penal y civil del presidente.
- Sección 2
- Artículo 10. Regulación.
- Artículo 11. Derechos, deberes e incompatibilidades.
- Artículo 12. Responsabilidad penal y civil.
- Sección 3
- Artículo 13. Regulación.
- Artículo 13 bis. Información previa a la Asamblea. 3 redacciones · cambió el 28/07/2023
- Artículo 14. Derechos, deberes e incompatibilidades. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Sección 4
- Artículo 15. Requisitos.
- Artículo 16. Responsabilidad por la gestión y evaluación de los resultados.
- Artículo 17. Retribuciones e indemnizaciones.
- Artículo 18. Incompatibilidades y declaraciones.
- Sección 5
- Artículo 19. Requisitos.
- Artículo 20. Conflictos de intereses y declaraciones.
- TÍTULO II
- Artículo 21. Reconocimiento, atención y apoyo.
- Artículo 22. Tratamiento y honores.
- Artículo 23. Disponibilidad.
- Artículo 24. Medios personales y materiales.
- Artículo 25. Consejo Consultivo de Extremadura.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 26. Profesionalidad, competencia y plena dedicación.
- Artículo 27. Prohibición de remuneraciones o pensiones.
- Artículo 28. Deberes de abstención y lealtad.
- Sección 2
- Artículo 29. Actividades compatibles.
- Sección 3
- Artículo 30. Alcance de la incompatibilidad.
- Sección 4
- Artículo 31. Declaración responsable de no incurrir en causa de incompatibilidad.
- Artículo 32. Declaración de la incompatibilidad.
- Artículo 33. Consecuencias de las situaciones de incompatibilidad.
- Sección 5
- Artículo 34. Limitaciones al ejercicio de actividades tras el cese. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Sección 6
- Artículo 35. Acreditación de no incompatibilidad en licitaciones públicas.
- CAPÍTULO II
- Sección 7
- Artículo 35 bis. Concurrencia a procesos selectivos.
- Artículo 36. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 37. Declaración de actividades.
- Artículo 38. Declaración de bienes, derechos e intereses.
- Artículo 39. Declaraciones de rentas.
- Artículo 40. Plazo y forma de presentación de las declaraciones.
- Artículo 41. Publicación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 42. Creación, ámbito y adscripción.
- Artículo 43. Estructura y organización.
- Artículo 44. Inscripción.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 45. Infracciones.
- Artículo 46. Sanciones.
- Artículo 47. Cancelación de las sanciones.
- Artículo 48. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 49. Imposibilidad de ocupar cargos públicos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 50. Órganos competentes.
- Artículo 51. Procedimiento sancionador.
- Disposición adicional primera. Declaraciones voluntarias de otros colectivos.
- Disposición adicional segunda. Publicaciones de retribuciones.
- Disposición adicional tercera. Consolidación de grados.
- Disposición adicional cuarta. Régimen de responsabilidades en materia disciplinaria y económico-presupuestaria.
- Disposición adicional quinta. Modificación de la Ley 13/2010, de 24 de noviembre, tras la redacción dada por la Ley 2/2013, de 2 de abril, del Consejo de la Juventud de Extremadura.
- Disposición adicional sexta. Modificación de la Ley 7/2013, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2014.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los nombramientos de personal directivo y eventual anteriores a la publicación de esta Ley.
- Disposición transitoria segunda. Contratos sometidos a la relación laboral especial de alta dirección suscritos con anterioridad a la publicación de esta Ley.
- Disposición transitoria tercera. Inscripciones en el Registro de Conflictos de Intereses realizadas.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio aplicable las consolidaciones de grados.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Disposición final segunda. Aplicación de la Ley.
- Disposición final tercera. Habilitación normativa.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


