LexTotal

Legislación › Ley Foral 2/2014, de 17 de febrero, por la que se regulan los órganos rectores de determinadas fundaciones.

Disposición adicional tercera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de febrero de 2014 y la del 1 de enero de 2022. Tachado: lo que se quitó (29 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional tercera.
Las fundaciones sometidas a la presente ley foral cuyo quedarán incluidas dentro del ámbito subjetivo de actuación sea la Comunidad Foral aplicación de Navarra deberán cumplir las previsiones sobre transparencia activa que dispone la Ley Foral 11/2012, 5/2018, de 21 17 de junio, mayo, de Transparencia y del Gobierno Abierto, para las sociedades Transparencia, acceso a la información pública y fundaciones públicas. buen gobierno.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-2069 Leer Qué cambió
26 de febrero de 2014 Texto original Leer

← Disposición adicional segunda Índice Disposición adicional cuarta →