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Legislación › Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros.

Artículo 32. Entrega de elementos de aseo y abrigo.

Artículo 32. Entrega de elementos de aseo y abrigo.

1. En el momento del ingreso se hará entrega al interno de, al menos, los siguientes elementos que, de ser necesario, se repondrán periódicamente:

a) Equipo de artículos básicos para la higiene personal diaria.

b) Toallas.

c) Ropa de cama.

2. De apreciarse que el interno no dispone de ropa o calzado adecuado para la permanencia en el centro, se le proveerán.

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