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Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros.

En vigor Ministerio del Interior · Publicada el 15 de marzo de 2014 · Último cambio el 19 de mayo de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único. Aprobación del reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros.
  3. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  4. Disposición final primera. Título competencial.
  5. Disposición final segunda. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
  6. Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
  7. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  8. Firma
  9. REGLAMENTO
  10. TÍTULO I
  11. CAPÍTULO I
  12. Artículo 1. Naturaleza jurídica.
  13. Artículo 2. Autorización y control judicial.
  14. CAPÍTULO II
  15. Artículo 3. Competencias.
  16. Artículo 4. Participación y colaboración de órganos de la Administración General del Estado y organizaciones no gubernamentales.
  17. Artículo 5. Creación.
  18. CAPÍTULO III
  19. Artículo 6. Departamentos y servicios.
  20. Artículo 7. Instalaciones y medios básicos. 2 redacciones · cambió el 19/05/2015
  21. CAPÍTULO IV
  22. Artículo 8. Estructura.
  23. Artículo 9. Dirección.
  24. Artículo 10. Junta de coordinación.
  25. Artículo 11. Unidad de seguridad.
  26. Artículo 12. Administración.
  27. Artículo 13. Secretaría.
  28. Artículo 14. Servicio de asistencia sanitaria.
  29. Artículo 15. Servicios de asistencia social, jurídica y cultural.
  30. TÍTULO II
  31. Artículo 16. Derechos de los internos. 2 redacciones · cambió el 19/05/2015
  32. Artículo 17. Protección de datos de carácter personal.
  33. Artículo 18. Deberes de los internos.
  34. Artículo 19. Peticiones, quejas y recursos.
  35. Artículo 20. Entrevista personal con el director.
  36. TÍTULO III
  37. CAPÍTULO I
  38. Artículo 21. Requisitos legales del ingreso y plazo máximo de estancia. 2 redacciones · cambió el 19/05/2015
  39. Artículo 22. Reserva de plaza.
  40. Artículo 23. Solicitud de internamiento derivada de un expediente administrativo de expulsión, devolución o denegación de entrada.
  41. Artículo 24. Internamiento en aplicación del artículo 89.6 del Código Penal.
  42. Artículo 25. Presentación del extranjero para su ingreso en el centro.
  43. Artículo 26. Documentación de ingreso.
  44. Artículo 27. Expediente personal del extranjero.
  45. Artículo 28. Examen y depósito de efectos y enseres personales de los internos.
  46. Artículo 29. Información sobre los derechos y obligaciones al nuevo interno.
  47. Artículo 30. Reconocimiento médico y entrevista con el servicio de asistencia social.
  48. Artículo 31. Comunicación del ingreso a terceras personas.
  49. Artículo 32. Entrega de elementos de aseo y abrigo.
  50. CAPÍTULO II
  51. Artículo 33. Traslado del interno a otro centro.
  52. Artículo 34. Desplazamientos para la realización de actuaciones judiciales, del Ministerio Fiscal o administrativas.
  53. Artículo 35. Desplazamientos para consulta médica o ingreso hospitalario.
  54. Artículo 36. Libro-registro de traslados y desplazamientos.
  55. CAPÍTULO III
  56. Artículo 37. Cese del ingreso.
  57. Artículo 38. Reingreso del interno en el centro por imposibilidad de practicar la expulsión, devolución o regreso.
  58. TÍTULO IV
  59. Artículo 39. Aprobación del horario y de las medidas de régimen interior del centro.
  60. Artículo 40. Horario.
  61. Artículo 41. Régimen de las comunicaciones.
  62. Artículo 42. Visitas de familiares y otras personas.
  63. Artículo 43. Comunicaciones telefónicas.
  64. Artículo 44. Actividades recreativas.
  65. Artículo 45. Práctica religiosa.
  66. Artículo 46. Envío y recepción de correspondencia.
  67. Artículo 47. Recepción de entregas y paquetes.
  68. TÍTULO V
  69. CAPÍTULO I
  70. Artículo 48. Formación del personal del centro.
  71. Artículo 49. Reglas de conducta del personal del centro.
  72. CAPÍTULO II
  73. Artículo 50. Inspección y control.
  74. Artículo 51. Libros-registro.
  75. CAPÍTULO III
  76. Artículo 52. Reuniones de seguimiento de la prestación de los servicios sanitarios, asistenciales y sociales.
  77. TÍTULO VI
  78. CAPÍTULO I
  79. Artículo 53. Medidas de vigilancia y seguridad y competencia para su ejecución.
  80. Artículo 54. Vigilancia del centro y control de accesos.
  81. Artículo 55. Vigilancia y control de los internos. 2 redacciones · cambió el 19/05/2015
  82. Artículo 56. Objetos prohibidos y no autorizados.
  83. CAPÍTULO II
  84. Artículo 57. Contención o separación preventiva de internos.
  85. TÍTULO VII
  86. Artículo 58. Participación en los servicios de asistencia social.
  87. Artículo 59. Visitas a los centros de las organizaciones para la defensa de los inmigrantes.
  88. Disposición adicional primera. Sala de inadmisión.
  89. Disposición adicional segunda. No incremento de gasto público.
  90. Disposición adicional tercera. Publicación de datos.
  91. Disposición adicional cuarta. Suscripción de convenios.
  92. Disposición transitoria única. Provisión de medios materiales y humanos.