LexTotal

Legislación › Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, por la que se regula la uniformidad en el Cuerpo Nacional de Policía.

Artículo 32. Exhibición con pasadores.

Artículo 32. Exhibición con pasadores.

1. Se colocarán por encima de la línea del bolsillo superior izquierdo de la guerrera o camisa, centrados en el espacio formado por ésta y la de los hombros, conforme a lo establecido en el anexo XI.

2. Podrán ir conformando líneas de cuatro condecoraciones cuya precedencia será desde la línea de botones al brazo izquierdo y de arriba hacia abajo.

3. No hay límite en el número total de pasadores exhibidos, pudiéndose repetir tantas veces como se repitan las condecoraciones que representan.

← Artículo 31 Índice Artículo 33 →