Legislación › Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.
Artículo 53. Modificación del capítulo III del título XII del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 53. Modificación del capítulo III del título XII del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
1. (Derogado).
2. (Derogado).
3. Se añade un apartado, el 4, al artículo 12.3-5 del capítulo III del título XII del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, con el siguiente texto:
«4. Los cazadores que usan balas que no contienen plomo durante las cacerías de caza mayor a rececho tienen una bonificación del 10% de las tarifas de la cuota variable o complementaria de todas las especies.»
Se derogan los apartados 1 y 2 por la disposición derogatoria 2 y el anexo D).16 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. BOE-A-2017-7353
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de marzo de 2017 En vigor | BOE-A-2017-7353 | Leer | Qué cambió |
| 31 de enero de 2014 | Texto original | Leer |


