Legislación › Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico.
Disposición adicional cuarta. Equivalencias para los cerdos de raza alentejana de Portugal.
Disposición adicional cuarta. Equivalencias para los cerdos de raza alentejana de Portugal.
A efectos del cumplimiento de este real decreto, los animales de raza Alentejana inscritos en el Libro Genealógico gestionado por una organización o asociación de criadores oficialmente reconocida para esta raza por las autoridades competentes de Portugal, serán equivalentes a los animales de raza Ibérica inscritos también en su Libro Genealógico, aplicándoles los mismos requisitos que a estos.
Los productos procedentes de estos animales podrán utilizar las designaciones por tipo racial establecidas en artículo 3.1.c) en las mismas condiciones que los procedentes de animales ibéricos.
Se añade por el art. único del Real Decreto 255/2016, de 10 de junio. BOE-A-2016-5721.
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