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Legislación › Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado.

Artículo 51. Promoción profesional en la Unión Europea y en organizaciones internacionales.

Artículo 51. Promoción profesional en la Unión Europea y en organizaciones internacionales.

El Gobierno promoverá la candidatura de funcionarios españoles a los órganos correspondientes de la Unión Europea y de las organizaciones internacionales de las que España es parte, con el ánimo de impulsar la Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea, y el multilateralismo.

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