Legislación › Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado.
Disposición adicional segunda. Informe Anual de Acción Exterior.
Disposición adicional segunda. Informe Anual de Acción Exterior.
En el primer trimestre del año siguiente a la aprobación de la Estrategia de Acción Exterior del Estado, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación elevará el primer Informe de Acción Exterior para su aprobación por el Consejo de Ministros.
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