Legislación › Circular 1/2014, de 26 de febrero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre los requisitos de organización interna y de las funciones de control de las entidades que prestan servicios de inversión.
Disposición final quinta.
Disposición final quinta.
1. La presente Circular entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las entidades sujetas deberán tener su estructura organizativa y sus sistemas y procedimientos de control interno adaptados a lo previsto en esta Circular el 31 de diciembre de 2014.


