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Legislación › Circular 1/2014, de 26 de febrero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre los requisitos de organización interna y de las funciones de control de las entidades que prestan servicios de inversión.

Norma décima. Manuales internos de políticas y procedimientos de control.

Norma décima. Manuales internos de políticas y procedimientos de control.

1. Las entidades deberán contar con manuales internos en los que se detallen las políticas y procedimientos de control señalados en la Ley 24/1988, de 28 de julio, y en sus disposiciones de desarrollo, y los cuales deberán ajustarse a lo establecido en esta Circular.

2. Los manuales internos de políticas y procedimientos de control deberán establecerse por escrito, contar con la aprobación de la alta dirección y ser objeto de actualización permanente por las áreas responsables.

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