LexTotal

Legislación › Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León.

Artículo 185. Composición del Comité Asesor Agroalimentario de Castilla y León.

Artículo 185. Composición del Comité Asesor Agroalimentario de Castilla y León.

1. El Comité estará presidido por el titular de la consejería competente en materia agraria y estará integrado al menos por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y por los representantes de las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas en el ámbito de la Comunidad, de la asociación más representativa del cooperativismo agrario y de la industria agroalimentaria con mayor implantación en el ámbito de Castilla y León, así como de las organizaciones sindicales y empresariales.

2. Podrán incorporarse al Comité organizaciones de ámbito autonómico representativas de otros intereses, siempre que se traten temas que se refieran específicamente a su ámbito de actuación sectorial, en la forma y condiciones que reglamentariamente se establezcan.

← Artículo 184 Índice Artículo 186 →