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Legislación › Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León.

Artículo 84. Publicidad de los bienes del Fondo de Tierras Disponibles de Castilla y León.

Artículo 84. Publicidad de los bienes del Fondo de Tierras Disponibles de Castilla y León.

La consejería competente en materia agraria mantendrá permanentemente actualizada la información referida a todas aquellas parcelas agrarias que integren el Fondo de Tierras Disponibles de Castilla y León, que estará a disposición de los interesados que lo soliciten, sometiéndose, en todo caso, a la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

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