LexTotal

Legislación › Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León.

Disposición final segunda. Modificación de la Ley 7/2002 de 3 de mayo, por la que se crea el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

Disposición final segunda. Modificación de la Ley 7/2002 de 3 de mayo, por la que se crea el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

1. Se añade un nuevo guion dentro del apartado 1 del artículo 2 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo, por la que se crea el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, que quedará redactado en los siguientes términos:

«– Control oficial del cumplimiento de las condiciones y requisitos que afectan a los operadores y a los productos agroalimentarios amparados por las Figuras de Calidad Diferenciada de Productos Agroalimentarios de Castilla y León.»

2. Se añaden dos guiones al apartado 4 del artículo 3 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo, por la que se crea el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, que quedará redactado en los siguientes términos:

«– Actuar como autoridad competente a efectos del control del cumplimiento de las condiciones y requisitos que afectan a los operadores y a los productos agroalimentarios amparados por las Figuras de Calidad Diferenciada de Productos Agroalimentarios de Castilla y León.

– Habilitar al personal que preste servicios técnicos en los Consejos Reguladores para la verificación y el control del cumplimiento del pliego de condiciones de las denominaciones geográficas de calidad.»

← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →