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Legislación › Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia.

Disposición adicional primera. Campañas informativas.

Disposición adicional primera. Campañas informativas.

Con el fin de conseguir que la integración social de las personas con deficiencias visuales o con discapacidad acompañadas de perro de asistencia sea total y efectiva, las administraciones públicas competentes de las Illes Balears promoverán y realizarán campañas informativas orientadas de forma especial a sectores tales como hostelería, comercio, transporte y servicios públicos, y otras educativas dirigidas a la población en general.

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