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Legislación › Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia.

Disposición adicional cuarta. Creación del Registro de Centros de Adiestramiento.

Disposición adicional cuarta. Creación del Registro de Centros de Adiestramiento.

En el momento oportuno, se creará el Registro de Centros de Adiestramiento y quedará vinculado a lo que determine la administración competente en servicios sociales.

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