Legislación › Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia.
Disposición transitoria cuarta. Normativa sobre la documentación oficial.
Disposición transitoria cuarta. Normativa sobre la documentación oficial.
El Gobierno de las Illes Balears, a través de consejería competente en materia de servicios sociales, en el plazo máximo de 18 meses elaborará la normativa que regule la documentación oficial que recoge el artículo 14 de esta ley.
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