LexTotal

Legislación › Real Decreto 270/2014, de 11 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo.

Artículo 3. Relación de masas de agua muy modificadas y artificiales.

Artículo 3. Relación de masas de agua muy modificadas y artificiales.

De acuerdo con el artículo 8 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, en el 0 se relacionan las masas de agua muy modificadas y artificiales.

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →