LexTotal

Legislación › Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León.

Disposición final primera. Supletoriedad de la legislación general reguladora del patrimonio histórico y cultural.

Disposición final primera. Supletoriedad de la legislación general reguladora del patrimonio histórico y cultural.

En lo no previsto en la presente ley será de aplicación a los centros museísticos lo dispuesto en la legislación general reguladora del patrimonio histórico y cultural.

← Disposición derogatoria Índice Disposición final segunda →