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Legislación › Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León.

Disposición final tercera. Inventario de bienes que constituyen la Colección Museística de Castilla y León.

Disposición final tercera. Inventario de bienes que constituyen la Colección Museística de Castilla y León.

El inventario de los bienes que constituyen la Colección Museística de Castilla y León será elaborado por la Consejería competente en materia de centros museísticos a partir de los datos incluidos en los correspondientes registros e inventarios de los museos dependientes de la Comunidad de Castilla y León. El inventario se elaborará en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de la presente ley.

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