Legislación › Ley 3/2014, de 24 de abril, del Consejo Consultivo de Galicia.
Artículo 7. Abstención.
Artículo 7. Abstención.
Las personas que integran el Consejo Consultivo deberán abstenerse de intervenir en aquellos asuntos que proceda conforme a la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.


