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Legislación › Ley 3/2014, de 24 de abril, del Consejo Consultivo de Galicia.

Artículo 7. Abstención.

Artículo 7. Abstención.

Las personas que integran el Consejo Consultivo deberán abstenerse de intervenir en aquellos asuntos que proceda conforme a la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

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