LexTotal

Legislación › Instrucción de 4 de junio de 2014, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, por la que se establecen determinados procedimientos en el Registro de Entidades Religiosas.

Tercero.

Tercero.

En caso de no especificar claramente a quienes corresponde la representación legal, se requerirá a la entidad para que determine las personas que deban ser inscritas como representantes legales de la misma.

← Segundo Índice Cuarto →