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Legislación › Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados a consumo humano.

ANEXO I

ANEXO I

Datos básicos del movimiento a incluir en el Registro Nacional de movimientos de SANDACH

1. Datos del lugar de origen.

a) Nombre del establecimiento.

b) Número de autorización o registro SANDACH.

c) NIF del establecimiento.

d) Dirección y código postal.

e) Actividad.

2. Datos de la carga a rellenar en origen.

a) Fecha de recogida.

b) Número de lote/contenedor.

c) Descripción de la mercancía (naturaleza).

d) Categoría.

e) Especie o especies animales de procedencia, cuando proceda.

f) Para subproductos animales de categoría 3 o productos derivados de los mismos destinados a alimentación animal:

1.º Se indicará el epígrafe correspondiente según el artículo 10 del Reglamento (CE) n.º 1069/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre.

2.º Se indicará la información de “destinado a” y la especie genérica cuando proceda.

g) Harinas de carne y hueso de categoría 1 obtenidas a partir de animales sospechosos, confirmados o sacrificados en aplicación de medidas de erradicación de encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 999/2001, del Parlamento europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles.

h) Producto procesado en la planta de origen del envío:

1.º Tratamiento.

2.º Marcado con GTH si son categoría C1, o C2.

i) Peso (o volumen).

3. Datos del transporte:

a) Número de autorización o registro.

b) Nombre del transportista.

c) NIF.

d) Dirección y código postal.

e) Matrícula del vehículo, remolque o número de identificación de los contenedores.

f) Tipo de medio de transporte (autopropulsado, remolque o contenedor).

g) Tipo de movimiento: movimiento interno, transporte europeo o transporte a la Península (en caso de movimientos con origen en las islas Canarias o Baleares).

4. Lugar de destino:

a) Número de autorización o registro.

b) Nombre del establecimiento.

c) Dirección y Código Postal.

d) Actividad.

5. Datos de la carga a rellenar en destino:

a) Fecha de recepción.

b) Cantidad recibida (peso o volumen).

6. Datos de la carga a rellenar por las plantas intermedias y plantas de transformación que reciban animales muertos en explotación:

a) Fecha de recepción.

b) Cantidad recibida (peso).

c) Identificación individual de cada animal en el caso de ganado vacuno.

Se sustituye por el art. 2.5 del Real Decreto 70/2025, de 4 de febrero. BOE-A-2025-3185

Se añade el apartado 6 por el art. 4.3 del Real Decreto 198/2017, de 3 de marzo. BOE-A-2017-2780.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de febrero de 2025 En vigor BOE-A-2025-3185 Leer Qué cambió
16 de marzo de 2017 BOE-A-2017-2780 Leer Qué cambió
1 de octubre de 2014 Texto original Leer

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