Legislación › Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears.
Artículo 43. Declaración responsable de inicio y ejercicio de la actividad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de febrero de 2014 y la del 16 de abril de 2019.
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Artículo 43. Resolución.
1. La resolución que dicte la administración competente para otorgar el permiso de inicio de instalación o el permiso de inicio de instalación y obras de la actividad deberá debe consignar, además de las condiciones requeridas por las disposiciones vigentes o las que el órgano competente estime oportuno introducir, los siguientes extremos:
a) En ningún caso se puede iniciarse iniciar la actividad sin que haya sido presentada haber presentado de manera completa la documentación exigida en el capítulo IV III de este título.
b) La realización de pruebas de funcionamiento parciales o totales, si cabe. en su caso.
c) La realización de controles o de inspecciones en la fase de ejecución de obras o instalación, si cabe. en su caso.
2. Cuando existan haya obras que precisen de necesiten proyecto, conforme al artículo 2 de acuerdo con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, normativa de ordenación de la edificación, se fijarán deben fijarse las determinaciones que exija exige la normativa urbanística de aplicación. aplicable.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de noviembre de 2022 En vigor | BOE-A-2023-2981 | Leer | Qué cambió |
| 20 de octubre de 2020 | BOE-A-2020-14467 | Leer | Qué cambió |
| 15 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-8011 | Leer | Qué cambió |
| 16 de abril de 2019 | BOE-A-2019-3914 | Leer | Qué cambió |
| 28 de febrero de 2014 | Texto original | Leer |


