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Legislación › Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears.

Disposición transitoria cuarta. Régimen de equivalencia.

Disposición transitoria cuarta. Régimen de equivalencia.

Cuando se lleve a cabo el procedimiento de revisión técnica de actualización, la administración competente volverá a clasificar las actividades conforme a la nueva clasificación por parámetros establecida en la presente ley.

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