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Legislación › Orden HAP/1074/2014, de 24 de junio, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas

Artículo 5 ter. Información anexa.

Artículo 5 ter. Información anexa.

Se admitirá información anexa de la factura electrónica como información en la propia factura electrónica o como fichero anexo, en formato no estructurado, PDF o HTML, adicional a la que permite el esquema de datos explícito de la factura electrónica. Se trata de información complementaria a la propia de la factura electrónica que explica, justifica o detalla la información contenida en la misma.

Se añade por el art. 2.3 de la Orden HAP/1650/2015, de 31 de julio. BOE-A-2015-8844.

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