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Orden HAP/1074/2014, de 24 de junio, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas

En vigor Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 25 de junio de 2014 · Último cambio el 12 de julio de 2016 · Ver en el BOE

Índice

  1. co
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  6. CAPÍTULO II
  7. Artículo 3. Presentación de facturas electrónicas.
  8. Artículo 4. Procedimiento de remisión de las facturas al correspondiente registro contable de facturas.
  9. Artículo 5. Formato de las facturas. 2 redacciones · cambió el 06/08/2015
  10. Artículo 5 bis. Extensiones de la factura electrónica.
  11. Artículo 5 ter. Información anexa.
  12. Artículo 6. Seguimiento y cambio de situación de la factura.
  13. Artículo 7. Interoperabilidad del servicio con los sistemas de facturación de los proveedores.
  14. CAPÍTULO III
  15. Artículo 8. Establecimiento de los Puntos Generales de Entrada de Facturas Electrónicas.
  16. Artículo 8 bis. Directorio de puntos de entrada de facturas electrónicas de las Administraciones Públicas.
  17. Artículo 9. Adhesión de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.
  18. Artículo 10. Asiento Registral en el Registro correspondiente.
  19. Artículo 11. Uso de la información de los Puntos Generales de Entrada de Facturas Electrónicas.
  20. Disposición adicional primera. Punto de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado. 3 redacciones · cambió el 12/07/2016
  21. Disposición adicional segunda. No incremento de gasto público.
  22. Disposición transitoria única. Formato transitorio de las facturas. 2 redacciones · cambió el 06/08/2015
  23. Disposición final primera. Aplicación y ejecución de la Orden.
  24. Disposición final segunda. Título competencial.
  25. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  26. Firma
  27. ANEXO I
  28. ANEXO II
  29. ANEXO III