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Legislación › Ley 2/2014, de 3 de junio, de medidas para la garantía y la continuidad de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 5. Traspaso de medios.

Artículo 5. Traspaso de medios.

El traspaso de medios económicos, materiales y personales vinculados a las previsiones contenidas en las disposiciones adicional decimoquinta y transitorias primera, segunda y tercera de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, se articulará conforme a los criterios que determine reglamentariamente el Gobierno de La Rioja, en el marco de la normativa básica y de lo que dispongan las normas reguladoras del sistema de financiación de las comunidades autónomas y de las haciendas locales.

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