Legislación › Ley 2/2014, de 3 de junio, de medidas para la garantía y la continuidad de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones reglamentarias que sean precisas para el desarrollo de la presente ley.


