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Legislación › Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

Artículo 51. Supervisión de los mecanismos de cumplimiento normativo.

Artículo 51. Supervisión de los mecanismos de cumplimiento normativo.

Corresponderá al Banco de España supervisar los sistemas, estrategias, procedimientos o mecanismos de cualquier tipo, aplicados por las entidades de crédito para dar cumplimiento a la normativa de ordenación y disciplina.

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