Legislación › Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado.
Artículo 8. Mínimo exento.
Artículo 8. Mínimo exento.
La base imponible de los sujetos pasivos por obligación personal de contribuir que residen habitualmente en las Illes Balears se reducirá, en concepto de mínimo exento, en el importe de 3.000.000 de euros.
Se modifica por la disposición final 2.13 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre. BOE-A-2024-1569
Se modifica por la disposición final 2.8 de la Ley 12/2015, de 29 de diciembre. BOE-A-2016-824.
Se modifica por la disposición final 2.12 de la Ley 13/2014, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-1059.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-1569 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2015 | BOE-A-2016-824 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-1059 | Leer | Qué cambió |
| 8 de junio de 2014 | Texto original | Leer |


