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Legislación › Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.

ANEXO IX

ANEXO IX

Datos que deben registrarse en el Compendio de Establecimientos de Tejidos de la UE

1. Información sobre el establecimiento de tejidos:

a) Denominación del establecimiento de tejidos.

b) Código nacional o internacional del establecimiento de tejidos.

c) Denominación de la organización en la que se encuentra el establecimiento de tejidos (si procede).

d) Dirección del establecimiento de tejidos.

e) Datos de contacto publicables: dirección funcional de correo electrónico, teléfono y fax.

2. Datos sobre la autorización del establecimiento de tejidos:

a) Denominación de la autoridad o las autoridades competentes de autorización.

b) Denominación de la autoridad o las autoridades nacionales competentes responsables del mantenimiento del Compendio de Establecimientos de Tejidos de la UE.

c) Nombre del titular de la autorización (si procede).

d) Tejidos y células para los que se concedió la autorización.

e) Actividades realmente llevadas a cabo para las que se concedió la autorización.

f) Situación de la autorización (autorizada, suspendida, revocada, parcial o totalmente, cese voluntario de actividad).

g) Detalles sobre las condiciones y las excepciones añadidas a la autorización (en su caso).

Se añade por el art. 5.20 del Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo. BOE-A-2017-5855

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