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Legislación › Real Decreto 595/2014, de 11 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar.

Artículo 4. Designación de masas de aguas artificiales o muy modificadas.

Artículo 4. Designación de masas de aguas artificiales o muy modificadas.

1. Se designan 4 masas de agua artificiales de categoría ríos, de las cuales 3 son asimilables a ríos y 1 a lagos, que se relacionan en el apéndice 1.

2. Se designan 54 masas de agua muy modificadas: 43 de categoría ríos, de las cuales 16 son asimilables a ríos y 27 a embalses, 1 de categoría lagos, 4 de categoría de aguas de transición y 6 de categoría de aguas costeras –puertos–, que se relacionan en el citado apéndice 1.

3. Se han designado provisionalmente y están pendientes de designación definitiva, 2 masas de agua muy modificadas de categoría lagos.

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