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Legislación › Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears.

Artículo 13. Definición de usuarios del transporte público.

Artículo 13. Definición de usuarios del transporte público.

Son usuarios del transporte público las personas físicas que utilizan los servicios públicos para sus desplazamientos y no forman parte de su organización empresarial.

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