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Legislación › Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears.

Artículo 163. Procedimiento de aprobación de los planes especiales urbanísticos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de junio de 2014 y la del 15 de mayo de 2020. Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 163. Procedimiento de aprobación de los planes especiales urbanísticos.
Los planes especiales urbanísticos a que se refieren los artículos anteriores deberán ajustarse al procedimiento de aprobación exigido para los planes especiales de infraestructuras de comunicación regulados en la legislación urbanística. (Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de octubre de 2020 En vigor BOE-A-2020-14467 Leer Qué cambió
15 de mayo de 2020 BOE-A-2020-8011 Leer Qué cambió
29 de junio de 2014 Texto original Leer

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