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Legislación › Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears.

Disposición adicional primera. Principios generales.

Disposición adicional primera. Principios generales.

Se habilita al Gobierno de las Illes Balears para que, de acuerdo con el artículo 58.3 del Estatuto de Autonomía, establezca los principios generales sobre las materias que son competencia propia de los consejos insulares.

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